El Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas (RSIF, Real Decreto 552/2019) clasifica cada instalación en dos niveles según su riesgo, y casi todas las obligaciones cuelgan de ese nivel: qué documento hace falta antes de montar, qué empresa puede hacerlo, qué seguro hay que tener y cada cuánto pasa la inspección. Aquí está todo en un sitio, con el artículo o la instrucción técnica (IF) de donde sale cada cosa. Una aclaración antes de empezar: el texto consolidado no tiene 17 instrucciones técnicas, sino 21, de la IF-01 a la IF-21.

¿Qué es una instalación frigorífica de nivel 1 y de nivel 2?

Lo fija el artículo 8. La potencia que cuenta es la potencia eléctrica instalada en los compresores, no la potencia frigorífica.

CriterioNivel 1Nivel 2
Potencia de cada sistema≤ 30 kW eléctricos en compresoresAlgún sistema > 30 kW
Suma de todos los sistemas≤ 100 kW> 100 kW
RefrigeranteAlta seguridad (L1)Media o baja seguridad (L2 y L3)
Cámaras de atmósfera artificialNoSí, de cualquier volumen
Equipos compactos con condensador incorporado (enfriadoras, bombas de calor)De cualquier potencia, si usan L1Si usan L2 o L3

Basta con cumplir una condición de la columna derecha para ser nivel 2. Tres matices que cambian el nivel sin que nadie lo note:

¿Y los refrigerantes A2L? El R-32, el R-454C o el R-1234yf no son L1, así que una instalación con A2L es de nivel 2. Pero el RSIF hace una excepción con las pequeñas: si ningún sistema pasa de 30 kW, el total no pasa de 100 kW y no hay atmósfera artificial, la puede montar y mantener una empresa de nivel 1 o del RITE (art. 11), se documenta con memoria técnica en lugar de proyecto (art. 21) y a efectos de inspección cuenta como nivel 1 (IF-14).

Por refrigerante, de forma práctica: el CO₂ y los HFC/HFO no inflamables (L1) quedan en nivel 1 si no pasan de los límites de potencia; el amoniaco (L2) y el propano (L3) hacen la instalación de nivel 2 siempre.

Qué obliga cada nivel

ObligaciónNivel 1Nivel 2Dónde
Documento antes de montarMemoria técnica, firmada por instalador frigorista o técnico tituladoProyecto firmado por técnico titulado competenteArt. 20.2
Dirección de obraNoSí, con certificado técnico de dirección de obraArt. 21
Empresa que puede ejecutarlaEmpresa frigorista de nivel 1 o 2Empresa frigorista de nivel 2 (salvo la excepción A2L)Art. 11
Seguro de responsabilidad civil del titularNo500.000 € si usa refrigerantes L2 o L3 (exentas las A2L dentro de la carga máxima de la IF-04)Art. 18.d
Contrato de mantenimientoObligatorio en los dos niveles, salvo que el titular sea empresa automantenedora. En nivel 2 se presenta con la comunicación de puesta en servicioArts. 18.c y 21
Revisión periódica por empresa frigoristaComo mínimo cada 5 años; cada 2 años si la carga supera 3.000 kg y la instalación tiene más de 15 añosIF-14, 2.1
Inspección por organismo de control (OCA)Solo si tiene fluorados por encima de 50 t CO₂-eq, o equipos a presión de categoría I o superiorCada 10 años, más la que toque por fluoradosIF-14, 3.1
Libro registro de la instalaciónObligatorio en los dos niveles: equipos, empresa instaladora, inspecciones, revisiones y reparacionesArt. 18.f

¿Memoria técnica o proyecto? Lo que se presenta a la comunidad autónoma

Terminada la instalación y hechas las pruebas, el titular la comunica al órgano competente de su comunidad autónoma, que puede sustituir la comunicación por una declaración responsable (art. 21). La documentación cambia según el nivel:

Nivel 1Nivel 2
Memoria técnica de la instalación realmente ejecutadaProyecto de la instalación realmente ejecutada
—Certificado técnico de dirección de obra
Certificado de la instalación de la empresa frigorista (IF-10)Certificado de la instalación de la empresa frigorista y del director (IF-10)
Certificado de la instalación eléctrica (o informe del instalador de baja tensión)Certificado de la instalación eléctrica
Declaraciones de conformidad de equipos a presión y tuberías (RD 709/2015)Declaraciones de conformidad de equipos a presión y tuberías
—Póliza del seguro de responsabilidad civil, cuando sea obligatoria
—Contrato de mantenimiento con empresa frigorista (salvo automantenedora)

En las instalaciones pequeñas con A2L que hace una empresa de nivel 1, la memoria va acompañada de un cálculo que justifica dimensiones del local, altura de montaje, carga máxima y medidas de seguridad. Si se supera la carga máxima de la IF-04, hace falta además un análisis de riesgo firmado por técnico titulado.

Revisiones e inspecciones periódicas: cada cuánto

Son dos cosas distintas. La revisión la hace la empresa frigorista que mantiene la instalación. La inspección la hace un organismo de control habilitado (OCA) y es una auditoría de que todo lo anterior se ha hecho.

QuéQuiénPeriodicidad
Revisión periódica obligatoriaEmpresa frigoristaCada 5 años como mínimo; cada 2 años si la carga supera 3.000 kg y la instalación tiene más de 15 años. Las válvulas de seguridad, cada 5 años
Inspección de instalaciones de nivel 2OCACada 10 años
Inspección por refrigerante fluoradoOCAAnual desde 5.000 t CO₂-eq; cada 2 años de 500 a 5.000 t; cada 5 años de 50 a 500 t. En cualquier nivel
Equipos a presión de categoría I o superiorOCACada 10 años, en cualquier nivel y con cualquier refrigerante
Control de fugas de fluoradosEmpresa frigoristaSegún la IF-17 y el Reglamento F-Gas

Las inspecciones pueden coincidir con una revisión. La de la OCA comprueba que se han hecho las revisiones y los controles de fugas, la gestión de residuos, la documentación, la prevención de legionela, los equipos a presión (con medición de espesores por muestreo en las zonas de más corrosión), el marcado, el cartel de seguridad y el estado de los detectores de fugas.

Lectura de friobase: las franjas de 50, 500 y 5.000 toneladas de la IF-14 son las del Reglamento F-Gas anterior (517/2014). El control de fugas se rige ya por el Reglamento (UE) 2024/573, que cambia algunos umbrales (lo explicamos en el artículo del Reglamento F-Gas). Mientras el RSIF no se actualice, conviene revisar las dos normas para cada instalación. Para calcular las toneladas de la tuya, está la calculadora F-Gas.

Requisitos de la empresa frigorista de nivel 1 y de nivel 2

La empresa se habilita ante la comunidad autónoma y solo puede trabajar en instalaciones de su nivel o de uno inferior (arts. 11 y 12).

RequisitoEmpresa nivel 1Empresa nivel 2
Personal mínimoUn instalador frigoristaUn técnico titulado universitario competente (responsable técnico) y un instalador frigorista; puede ser la misma persona si cumple ambos requisitos
Seguro de responsabilidad civil profesional300.000 € por siniestro900.000 € por siniestro
ResiduosPlan de gestión e inscripción como pequeño productor de residuos peligrosos
Medios técnicosLos de la IF-13, según los refrigerantes con los que trabaje

Quién puede acreditarse como instalador frigorista (FP, certificado de profesionalidad, experiencia reconocida o certificación de persona) está explicado en cómo ser frigorista.

Las 21 instrucciones técnicas: qué regula cada una

IFQué regulaCuándo la vas a abrir
IF-01TerminologíaPara saber qué es exactamente «sistema», «sala de máquinas» o «carga»
IF-02Clasificación de los refrigerantesGrupo L1/L2/L3 y límite práctico de cada gas (tabla A)
IF-03Clasificación de los sistemas de refrigeraciónSistema directo o indirecto, abierto o cerrado
IF-04Utilización de los diferentes refrigerantesCarga máxima según local y ocupación, y requisitos del CO₂ (incluido el detector de fugas)
IF-05Diseño, construcción, materiales y aislamientoPresiones de diseño y materiales
IF-06Componentes de las instalacionesCompresores, recipientes, tuberías, valvulería
IF-07Salas de máquinas especialesCuándo hace falta sala específica, ventilación y salidas
IF-08Protección contra sobrepresionesVálvulas de seguridad, presostatos, discos de rotura
IF-09Ensayos, pruebas y revisiones antes de la puesta en servicioPrueba de presión, prueba de estanqueidad y vacío
IF-10Marcado y documentaciónPlaca, cartel de seguridad, certificados y manual de instrucciones
IF-11Cámaras frigoríficas, de atmósfera artificial y locales de procesoPuertas, alarma de persona encerrada, cámaras de fruta
IF-12Instalaciones eléctricasLo eléctrico propio de la instalación frigorífica
IF-13Medios técnicos mínimos de la empresa frigoristaHerramienta y equipos que hay que tener para habilitarse
IF-14Mantenimiento, revisiones e inspecciones periódicasPeriodicidades de revisión e inspección
IF-15Puesta en servicioPasos y documentación para arrancar la instalación
IF-16Prevención y protección personalEPI, detectores y alarmas
IF-17Manipulación de refrigerantes y reducción de fugasRecuperación, cambio de refrigerante, programa de control de fugas
IF-18Identificación de tuberías y símbolosColores y rotulación de tuberías y esquemas
IF-19Competencias del profesional frigorista certificadoContenido mínimo de la certificación de persona
IF-20Instalaciones térmicas de edificios con primario en equipos compactos L2 y L3Enfriadoras y bombas de calor compactas con refrigerante inflamable o tóxico
IF-21Normas UNE de referenciaQué edición de cada norma aplica

Visto en campo: cuatro formas de cambiar de nivel sin darse cuenta

  1. Ampliar una tienda. Se añade una cámara con su equipo en la misma sala y la suma pasa de 100 kW. La instalación es ahora de nivel 2, con proyecto, seguro si procede e inspección, aunque cada equipo siga siendo pequeño.
  2. Cambiar de refrigerante. Sustituir un HFC por un A2L o por propano saca la instalación del nivel 1. Para las A2L pequeñas hay excepción; para el propano, no.
  3. Sumar mal la potencia. La que cuenta es la eléctrica instalada en compresores, no la frigorífica ni la consumida.
  4. Olvidar el libro registro. Es lo primero que pide la OCA, y sin él no se puede acreditar que se han hecho las revisiones.

Dudas que aparecen en cada obra

¿Una instalación de CO₂ es de nivel 1 o de nivel 2?
El CO₂ es un refrigerante L1, así que depende de la potencia: si ningún sistema pasa de 30 kW eléctricos en compresores y el total no pasa de 100 kW, es nivel 1. Una central de supermercado mediana o grande suele pasar de 30 kW y es nivel 2. Si es una cascada con amoniaco, es nivel 2 siempre.
¿Cuánto tiene que cubrir el seguro de una instalación de nivel 2?
El del titular, 500.000 € como mínimo, pero solo si la instalación usa refrigerantes L2 o L3 (amoniaco, propano, A2L de cierta carga). La empresa frigorista de nivel 2 lleva aparte su propio seguro profesional de 900.000 € por siniestro.
¿Dónde está el texto oficial del RSIF?
En el BOE, como texto consolidado del Real Decreto 552/2019, con todas las modificaciones y las 21 instrucciones técnicas. El enlace está en las fuentes, al final de esta página.